Respondemos en menos de 4 horas hábiles
Globo VLA Global
VLA Global
Consultores y Auditores

/

/

Impuestos

Impuestos

Cambios planteados para el IVA por la Ley 2010 de 2019

En este artículo

Las personas naturales que realicen alguna de las actividades sujetas al IVA mencionadas en el artículo 420 del Estatuto Tributario podrán operar durante este año como NO responsables del IVA.

Para que se cumpla lo anterior deberán tener en cuenta 8 requisitos.

Una vez aprobada la Ley 2010 de diciembre 27 de 2019 se extendió la vida jurídica a la mayoría de los cambios que se habían introducido en su momento con la Ley 1943 de 2018, pero también se efectuaron nuevos cambios adicionales.

Por lo tanto, en materia de los requisitos para operar como no responsables del IVA o del INC (antiguos régimen simplificado del IVA y régimen simplificado del INC de bares y restaurantes), durante este año se tendrán que observar básicamente los mismos requisitos que existieron durante el 2019, pero teniendo en cuenta algunas novedades especiales que destacamos a continuación:

Exigencias para funcionar como no responsables del IVA

Las nuevas versiones de los parágrafos del 3 al 5 del artículo 437 del Estatuto Tributario –ET–, luego de ser modificados y/o agregados con el artículo 4 de la Ley 2010 de diciembre 27 de 2019, establecen que las personas naturales (sin incluir sucesiones ilíquidas) que realicen alguna de las actividades sujetas al IVA mencionadas en el artículo 420 del ET (venta de bienes muebles gravados, prestación de servicios gravados, juegos de suerte y azar gravados, venta de intangibles asociados a la propiedad industrial, etc.) podrán operar durante el 2020 como no responsables del IVA (es decir, no tendrán que facturar, cobrar ni declarar dicho impuesto), si cumplen ocho requisitos que actualmente se mencionan en la nueva versión del parágrafo 3 que se agregó al artículo 437 del ET.

Tomado de: https://actualicese.com/

Globo VLA Global
VLA Global Consultores y Auditores SAS

Firma colombiana de contadores públicos y revisores fiscales, con sede en Bogotá y cobertura nacional. Este artículo es información general y no constituye un concepto jurídico ni tributario para un caso concreto.

Seguir leyendo

Otros artículos de la firma.

Reunión de planeación tributaria

Cómo elegir una firma de revisoría fiscal: 12 preguntas antes de firmar

La mayoría de las juntas compara precios. Estas son las doce preguntas que revelan si una firma va a hacer el trabajo o solo va a firmar el
Revisoría fiscal
Equipo revisando la nómina

Los siete errores de nómina que más sanciona la UGPP

Un criterio equivocado aplicado de forma sistemática no produce un ajuste: produce una deuda con intereses por todos los periodos no prescritos.
Nómina y UGPP
Auditoría externa: revisión de evidencia documental

Qué revisa un revisor fiscal en su primer mes dentro de una empresa

No empieza por la contabilidad. Empieza por entender qué pasaría si alguien quisiera sacar dinero de la empresa sin que nadie lo notara.
Auditoría

¿Este tema le toca de cerca?

Treinta minutos con un contador de la firma. Revisamos su caso concreto con sus cifras en la mano.