Respondemos en menos de 4 horas hábiles
Globo VLA Global
VLA Global
Consultores y Auditores

/

/

Impuestos

Impuestos

Conozca las sanciones tributarias que se aplican para la declaración de activos en el exterior

En este artículo

Los contribuyentes que posean bienes fuera del país, que se encuentren obligados a presentar la declaración anual de activos en el exterior (formulario 160), y no cumplan dicha obligación, se verán sujetos a las sanciones contempladas en los artículos 641 y 643 del Estatuto Tributario.

¿Cuáles son las diferentes sanciones tributarias que recaen sobre la declaración anual de activos en el exterior?

De acuerdo con el artículo 607 del Estatuto Tributario –ET–, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario que se encuentren sujetos a este impuesto en relación con sus ingresos de fuente nacional y extranjera, al igual que por su patrimonio poseído dentro y fuera del país, y que además posean activos en el exterior, estarán obligados a presentar la declaración anual de activos en el exterior (formulario 160) en las mismas fechas en que sea presentada su declaración de renta.

Sin embargo, si incumplen tal obligación, les será aplicada la sanción por extemporaneidad consagrada en el parágrafo 1 del artículo 641 del ET, o la sanción por no presentar la declaración, contemplada en el numeral 8 del artículo 643 del ET.

Así pues, cuando la declaración de activos en el exterior se presente de manera extemporánea, la sanción por cada mes o fracción de mes será equivalente al 1,5 % del valor de los activos poseídos en el exterior, siempre y cuando esta sea presentada antes del emplazamiento por no declarar por parte de la Dian, o al 3 % si es presentada después del emplazamiento y antes de que se expida la resolución de la sanción por no declarar. Cabe señalar que el monto de la sanción en ningún caso podrá superar el 25 % del valor total de los activos en el exterior.

Por otra parte, cuando el contribuyente no presente la declaración de activos en el exterior, la sanción aplicable será la mayor entre el 5 % del patrimonio bruto que figure en la última declaración de renta presentada, y el 5 % del patrimonio bruto que determine la administración tributaria por el período al que corresponda la declaración no presentada.

Tomado de: https://actualicese.com

Globo VLA Global
VLA Global Consultores y Auditores SAS

Firma colombiana de contadores públicos y revisores fiscales, con sede en Bogotá y cobertura nacional. Este artículo es información general y no constituye un concepto jurídico ni tributario para un caso concreto.

Seguir leyendo

Otros artículos de la firma.

Reunión de planeación tributaria

Cómo elegir una firma de revisoría fiscal: 12 preguntas antes de firmar

La mayoría de las juntas compara precios. Estas son las doce preguntas que revelan si una firma va a hacer el trabajo o solo va a firmar el
Revisoría fiscal
Equipo revisando la nómina

Los siete errores de nómina que más sanciona la UGPP

Un criterio equivocado aplicado de forma sistemática no produce un ajuste: produce una deuda con intereses por todos los periodos no prescritos.
Nómina y UGPP
Auditoría externa: revisión de evidencia documental

Qué revisa un revisor fiscal en su primer mes dentro de una empresa

No empieza por la contabilidad. Empieza por entender qué pasaría si alguien quisiera sacar dinero de la empresa sin que nadie lo notara.
Auditoría

¿Este tema le toca de cerca?

Treinta minutos con un contador de la firma. Revisamos su caso concreto con sus cifras en la mano.